Corema de los Rios en la disyuntiva

LA COREMA DE LOS RIOS EN LA DISYUNTIVA:
¿EL INTERES PRIVADO DE CELCO O LA DECISION CORRECTA?

Claudia Sepúlveda Luque
Socióloga, Magíster en Asentamientos Humanos y Medio Ambiente

El próximo 4 de enero la COREMA de Los Ríos debe resolver la solicitud
de CELCO de levantar la única medida de prevención de impactos
ambientales impuesta a la empresa: la reducción en un 20% de su
producción establecida en la Resolución 377 de junio de 2005. CELCO
argumenta que dicha restricción estaba condicionada a las demás
exigencias que la COREMA X le impuso en la Resolución 377, y que dado
que tales exigencias estarían hoy cumplidas, mantener reducida la
producción sería arbitrario.

Sin embargo, CELCO omite dos aspectos fundamentales sobre las
exigencias de la Resolución 377 que obligan a la COREMA no sólo a
mantener la reducción de la producción sino incluso a tomar medidas
mucho más severas y efectivas si quiere garantizar que el ecosistema
podrá recuperarse y que no se causarán impactos irreversibles sobre la
economía local y la salud humana.

La principal medida de la Resolución 377 fue la de pedir a CELCO que
retirara sus RILES del Río Cruces. La COREMA X le dio a la empresa un
plazo total de aproximadamente tres años para la implementación de una
descarga alternativa (9 meses para la presentación del Estudio de
Impacto Ambiental, 1 año estimado de evaluación ambiental y 15 meses
para la construcción de la nueva descarga). Sin embargo, cuando han
transcurrido dos años y medio desde la Resolución 377 el plazo para la
presentación del Estudio de Impacto de la descarga alternativa ya ha
sido prorrogado en tres años. Con ello, y de no producirse nuevas
prórrogas, recién el 2011 podría concretarse la principal medida
establecida en la Resolución 377.

Si la descarga alternativa al Río Cruces era la medida de fondo
establecida en la Resolución 377, la reducción en un 20% de la
producción de CELCO permitiría minimizar el impacto ambiental mientras
dicha solución definitiva se implementaba. Por lo tanto, si la COREMA
de Los Ríos levantara hoy la restricción del 20% estaría vulnerando el
sentido de fondo de la Resolución 377, el único que verdaderamente
apunta a resolver el desastre. Pero además estaría contraviniendo otras
importantes condiciones establecidas en la misma Resolución 377.

En efecto, entre las exigencias de la Resolución 377 estuvo la de que
CELCO determinara el origen de la enorme cantidad de Sulfatos
detectados en el Río Cruces y en el Santuario por el estudio de la
Universidad Austral de Chile (UACH), compuestos que estarían
directamente vinculados al origen del desastre de acuerdo a la
hipótesis industrial de tal estudio. Hasta ese momento CELCO no contaba
con la autorización ambiental legalmente exigida para descargar
Sulfatos en sus RILES pues nunca informó que los vertería al Río
Cruces. Peor aún, negó estar descargándolos a pesar de la evidencia
demostrada por la UACH a partir de los monitoreos realizados por la
propia empresa. No obstante, mediciones de la Superintendencia de
Servicios Sanitarios (SISS) de diciembre de 2004 confirmaron lo
sostenido por la UACH: CELCO descargaba 59 toneladas diarias de
Sulfatos, equivalente al 92% de todos los Sulfatos existentes en el Río
Cruces.

En cumplimiento de lo exigido por la COREMA X en la Resolución 377,
CELCO contrató una auditoría a Knight Piesold para determinar el origen
de los Sulfatos del Río Cruces. En su informe de marzo de 2006 la
auditora concluyó que el 93,3% de todos los Sulfatos tenían su origen
en la planta de celulosa. Este dato confirma las conclusiones del
estudio de la UACH y su hipótesis industrial sobre el origen del
desastre en el Santuario así como las mediciones de la SISS.

Si la COREMA de Los Ríos aceptara que la exigencia de determinar el
origen de los Sulfatos se encuentra formalmente cumplida con el informe
de Knight Piesold sin si siquiera detenerse a evaluar los efectos
ambientales del enorme volumen de Sulfatos que la planta de CELCO
continúa descargando al Río Cruces cada día, estaría cometiendo una
falta grave. Sería una situación equivalente a la de una medida
cautelar (reducción del 20%) decretada por un juez (COREMA X) a fin de
proteger a una posible víctima (Santuario) en tanto se investiga la
responsabilidad del sospechoso (Sulfatos de CELCO). Una vez confirmada
la sospecha (93,3% de los Sulfatos son descargados por CELCO), otro
juez (COREMA de Los Ríos) decreta la revocación de la medida cautelar
con el argumento de haberse cumplido formalmente la condición
establecida (investigar el origen de los Sulfatos). De esta forma, deja
en libertad al sospechoso (levanta la restricción del 20%) para que
siga cometiendo su delito (desastre del Santuario).

Si la COREMA de Los Ríos se toma en serio su trabajo lo que le
corresponde exigir con el informe de Knight Piesold en sus manos es la
evaluación ambiental de los Sulfatos, el Aluminio, el Cloruro y el
Manganeso que la planta de CELCO ha venido descargando al Río Cruces
desde el primer día y sin la autorización que exige, sin excepciones,
la ley ambiental de Chile. Dicha evaluación ambiental debiera ser
realizada por un panel internacional de expertos, completamente
independiente de la empresa y del Estado de Chile a fin de garantizar
transparencia.

Por último, los argumentos económicos esgrimidos por CELCO no resisten
ningún análisis. La reducción del 20% de la producción de CELCO se
encuentra más que compensada en términos de utilidades con el precio
que alcanza la celulosa, un 23% más alto que el precio promedio del año
2004. Además, como se sabe, esta planta tiene una rentabilidad del 25%,
el doble de la de sus competidores más cercanos. No en vano mantiene a
sus contratistas sofocados por deudas y por los pagos más bajos del
mercado.

En su sesión del 4 de enero la COREMA de Los Ríos enfrentará la
disyuntiva de respaldar los intereses privados de CELCO o de aplicar la
ley, velando por el bien común de todos los habitantes de la nueva
región. Los ciudadanos comprometidos con el futuro sustentable de este
territorio hacemos votos para que las autoridades hagan lo correcto.

2 comments

  1. erwin dijo:

    ya esta todo dicho solo los que estan en estos momentos en el poder podran ser recordados como ellos actuen .

  2. calfin dijo:

    Es triste como una vez mas la clase politica se siente con el derecho de decidir por otros, sobre todo estos que no son elegidos democraticamente, no tieen idea de acuerdos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indigenas y el Convenio 169 de la OIT que obligan al gobierno a consultar libre, previa e informadamente a las comunidades indigenas quienes también tenemos a favor la Ley de Borde Costero Lafkenche pues este ducto contaminante afectara a las comunidades Mapuche desde el Lago Budi hasta Curiñanco en Valdivia, y de consulta? NADA. Los gobiernos concertacionistas se van con las manos manchadas de sangre por nuestros hermanos Mapuche asesinados por la espalda sin castigo para los ASESINOS y Violencia policial desmedida hacia niños como lo manifesto la UNICEF y hacia nuestros ancianos, mencionando también el inmenso daño que estas empresas han provocado en el Valle de Hueleheico en Mininco y otras localidades,…..Quien nos dice que aca no será lo mismo, ridiculo el que dice que no contaminan y la planta es un ejemplo……se nota que no recorre los territorios y no conoce del enorme daño causado en todo el territorio nacional por esta empresa.

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